Embargos por multas del SER de Madrid

Tengo varias multas del SER de madrid, dos de ellas puestas en la puerta de mi casa porque no se veía bien el distintivo de residente, y aún así me han sido enviadas. Mi domicilio de empadronamiento y el del permiso de circulación están desde hace tiempo fuera de la comunidad de Madrid, pero aún así me han enviado las multas al anterior domicilio, yo no las he recogido alegando que la persona ya no vive en ese domicilio, aún así me han enviado una carta diciendo que dado que ese es el último domicilio que conocen proceden a publicarme en el boletín.
Dado que mi residencia está fijada en otra provincia ¿tengo obligación de darme por enterada de una publicación en el BO de Madrid? ¿Habría qué leerse los boletines de todas las provincias que has visitado por si acaso? ¿Me pueden embargar por esas multas?
He leído que existen precedentes de embargos que han sido anulados por considerar el juez que la administración no ha hecho su trabajo correctamente al no haber buscado adecuadamente el domicilio de la persona que figura en el censo correspondiente y en la DGT. ¿Podría ser ese mi caso? ¿Qué clase de proceso jurídico habría que seguir para reclamar ese embargo?
Respuesta
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Es obligación del titular del carnet de conducir y permiso de circulación mantener correctamente actualizados sus datos relativos al domicilio
La administración al sancionar un automóvil tiene que acudir a los datos que suministra tráfico, pues no tiene otra manera de identificar al conductor, y esos datos se tienen por correctos, pues como le he comentado es obligación del titular comunicar a tráfrico el cambio de domicilio
La notificación intentada a ese domicilio se tiene por bien realizada, y al no dar con usted en dicho domicilio lo procedente es publicar la denuncia en el Boletín Oficial
Si la Administración hubiera prodedido directamente a publicar la denuncia en el Boletín sin intentar antes la notificación en el domicilio se podría recurrir
Tengo correctamente actualizados mis datos en tráfico desde el mes de enero y llevo desde diciembre empadronada en otro ayuntamiento. No se de dónde sacará el ayuntamiento de Madrid los suyos, pero no soy la única persona a la que he leído que le envían multas a una dirección que no es la suya desde hace años. Seguro que han intentado la notificación, pero no a la dirección que figura en tráfico ni en la que estoy empadronada, sino a la anterior. Se que hay al menos una sentencia en la que el juez da la razón a la persona multada ya que considera que el ayuntamiento ha sido negligente al hacer la notificación ya que tenía a su disposición la información sobre el domicilio actual y aún así lo notificó en el antiguo.
Esa es mi duda desde el principio, ellos no han hecho la notificación en mi domicilio actual, aún constando en tráfico y en el padrón, por lo tanto mi duda era esa, que clase de recurso cabe en caso de que se produzca un embargo. Muchas gracias de nuevo.
En ese caso si le practican el embargo sin haberle notificado en su domicilio teniendo los datos correctos lo que debe hacer es instar la nulidad de pleno derecho de la providencia de apremio por no haber practicado correctamente la notificación en su domicilio la tramitación del procedimiento, con lo que no ha podido ni alegar ni defenderse vulnerando con ello las normas esenciales del procedimiento
Muchas gracias, eso era lo que quería saber, ahora sólo me fata saber cómo se hace, pero bueno ya lo averiguaré llegado el caso. Un saludo

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