Yo no soy abogado, pero lo más probable es que sigas cobrando la pensión de IPT hasta que se pronuncie el Supremo, si se pronuncia a favor de permanecer en situación de IPT seguirías cobrando la prestación en las mismas condiciones si se pronuncia en contra, dejarías de cobrar la pensión pero el dilema y es lo que te tiene que decir tu abogado esta en que si en que si supuesto de que si el Supremo ratificara la sentencia del TSJ, tendrías que devolver lo percibido de la prestación por IPT desde la fecha de resolución del TSJ donde se te deniega dicha prestación hasta la fecha de la sentencia del TS ratificando la resolución del TSJ.. Yo no soy abogado y desconozco que es lo que podría suceder con el dinero de la prestación por IPT desde la fecha de la resolución del TSJ en caso de que sigas cobrando la prestación por IT hasta la resolución del TS y esta se produjera rastificando la del TSJ.. Por eso tiens que asesorarte adecuadamente bien mediante tu abogado o acudiendo a la tesorería provincial del INSS.. De todas formas espero que me mantengas informado..