Para no querer hacerles mucho daño se plantea usted acusarles de varias cosas bastante graves.
Si usted ha sido despedido improcedentemente y no está de acuerdo con la liquidación o la indemnización recibida puede plantear una demanda ante el juzgado de lo social (previo paso por acto de conciliación). En este caso podrán llegar a un acuerdo de cantidad o bien llegar a juicio, si el juez declara la improcedencia del despido, le dará opción al empresa entre abonar la cantidad que el juez determine o bien readmitir al trabajador en su puesto de trabajo.
Si usted se plantea demandar a la empresa por acoso, mobbing u otras causas de discriminación prohibidas por la constitución puede demandar a la empresa por despido nulo, en este caso si el juez así lo considera declarará el despido nulo y obligará a la empresa a que le readmita en un puesto de trabajo (como ve en este caso el empresario no puede optar por la indemnización). Además en este caso, si se plante pedir una indemnización por daños y perjuicios o por gastos médicos derivados del acoso laboral deberá aportar cuantas pruebas considere oportunas que avalen lo que usted está pidiendo (no es habitual pedir este tipo de indemnizaciones en los juicios laborales), lo más habitual es pedir los salarios dejados de percibir desde el día del despido (aunque si el despido es nulo, se los concederá el juez directamente).