Reclamación del resto pendiente después de Fogasa.

Mi pregunta es bien sencilla.

Según el Juzgado me pertenecía una indemnización importante. He cobrado por Fogasa lo que establece por ley que me corresponde (indemnización+salarios), Mi pregunta es. ¿Qué pasa con el resto pendiente? ¿El resto se da por perdido? ¿O puedo seguir haciendo gestiones de cara a poder cobrarlo siempre y cuando cambie la situación financiera de la empresa o se le descubran nuevos bienes?

2 Respuestas

Respuesta
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Podría tratarse de varias razones:

1.- El FOGASA tiene unos límites para indemnizar y Ud lo ha sobrepasado. Como dice el compañero, en este caso, se tendría que poner a "a la cola" e instar el concurso de acreedores de la empresa.

2.- Ud. no ha solicitado el embargo de bienes de la empresa. Sin ese trámite, el FOGASA solo paga el 40% de las indemnizaciones. Deberá instarlo antes de solictar del FOGASA.

No sé en que caso se encuentra Ud.

Respuesta

El FOGASA tiene atribuido el abono a los/las trabajadores/as de los salarios e indemnizaciones que las empresas para las que trabajan no han podido satisfacer por encontrarse en situación legal insolvencia o por haber sido declaradas en situación de concurso. Abonadas las prestaciones el Fondo de Garantía Salarial se subrogará obligatoriamente en los derechos y acciones de los/las trabajadores/as para proceder en reclamación y repetición frente a los/las empleadores/as que los/las adeudan.

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