Recibo del IBI a cargo del arrendatario
En el año 2006 celebré un contrato de alquiler con la EMV de Madrid durante 10 años. Con fecha 29.10.2010, la EMV vendió las viviendas a una empresa privada, Lazora, la cuál nos respectó el contrato celebrado durante los 10 años de vigencia.
En diciembre del año 2013, Lazora, mediante una circular en mi buzón y sin ninguna copia de los recibos, nos reclama el IBI y el impuesto de basuras, bajo la siguiente cláusula que aparecía en el contrato celebrado por la EMV en el inicio del mismo, año 2006:
Serán de cuenta del arrendatario el coste de los servicios de que esté dotada la vivienda y el inmueble donde se ubica y el importe de los tributos que graven los mismos. Los gastos por servicios citados comprenderán los siguientes conceptos a satisfacer por el arrendatario:
a) Servicios individuales de agua, luz, gas y otros análogos
b) Los servicios comunes de luz, elevadores, antena colectiva, portero automático y otros análogos
c) Los servicios y gastos que se produzcan por guardería, limpieza y conservación de viales, parques, jardines y demás superficies vinculadas al inmueble
Entiendo que si estoy obligada a abonar la tasa de basuras por el contenido de la cláusula pero, ¿estoy obligada a pagar el IBI también? Yo entendía que no, ya que no se encuentra dentro de los servicios citados, pero me acaba de llegar una demanda interpuesta de un juicio verbal por Lazora.