Se puede acordar en una junta que los propietarios den el teléfono de sus inquilinos.

Ya sé que no es obligatorio que los propietarios del los datos de sus inquilinos. Pero ¿en una junta se puede acordar que al menos den el nombre y teléfono? Por la sencilla razón que es difícil, si hay un problema contactar con algunos ya que no suelen abrir la puerta, aunque estén en casa. Y la administradora pasa y así los problemas de convivencia se acrecientan.

1 Respuesta

Respuesta
1

Por supuesto, tiene sentido poder localizar a los inquilinos.

Sin embargo, nada les obliga a dar sus datos. Por tanto, ese "acuerdo" realmente no serviría para nada, porque no se les puede "exigir" nada a lo que no estén obligados, por mucho que lo decidan algunos propietarios. Si no abren la puerta, ¿qué va a hacer que os faciliten su teléfono, no estando obligados a ello?

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas