Seguro de responsabilidad civil en la empresas de restauración

Alguien que supiera del tema me podría indicar si al día de hoy es obligatorio tener un seguro de responsabilidad civil cuando se es titular de una empresa de restauración (bar, restaurante, salón de banquete, etc) en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Ley 2/2011 de Turismo de Extremadura en su art. 42 apdo. S) obliga, pero ha sido modificado por el art. 3 de la ley 7/2014 de 5 de Agosto. Y ahí es donde ya me pierdo porque además lo he consultado en alguna Consejería y cada uno dice una cosa.

2 respuestas

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Por mi parte, entiendo que es obligatoria la contratacion de seguro de responsabilidad civil para la actividad a la que te dedicas, no obstante, considero conveniente y necesario que tengas, siempre, contratado este tipo de seguros para evitar posibles reclamaciones de terceros o de clientes que siempre te pueden resultar incomodas y hasta incluso costosas.

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Nadie le contesta porque ninguno tenemos ni idea. Lo que pregunta depende de las ordenanzas de cada ayuntamiento. Acuda al suyo e infórmese.

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