Sus preguntas las obtendrá todas en el ayuntamiento y la dependencia de urbanismo ¿por qué? Cada municipio, localidad, ciudad, provincia, etc... tienen sus propias NORMAS URBANISTICAS MUNICIPALES ¿qué quiere decir? Ellos son los que ponen las normas, en las obras, condiciones, alturas sean edificios de comunidad o casas unifamiliares, por ejem pueden poner que según zonas del municipio no supere los 9 metros o los 7 o los que sean, que los materiales sean estética mente iguales o similares, que los voladizos sean de una altura u otra, los salientes, vierte aguas, recogida de aguas pluviales, prohibición de construcción de materiales no seguros ejemplo el fuego, edificación con similitud a la zona urbanística ejemplo zonas llamadas como casco antiguo o viviendas históricas o antiguas reconocidas por el municipio donde tiene sus normas, también existen normas de por grado numeradas unifamiliares, cerramientos que un tanto por ciento tiene que ser de un material X, bien aluminio, cristal, madera, etc... pero acompañado de otros materiales de seguridad o sujeción con la normativa de edificación y así muchas normas que solo usted puede solicitar y están obligados a facilitar, a su vez puede decir a quien este allí que vaya a preguntar y que le den dicha información y exponer el tema de la construcción, altura, cerramiento que han realizado. Enseñando las fotos. Solo así sabrá si la obra fue permitida por ellos ya que tendría que haber solicitado un permiso de obras en el cual conlleva que dicha persona tendrá que informa de la nueva obra, metros cuadrados de su nueva vivienda ya que a partir de ese momento tiene más metros de vivienda y tendrá que pagara más, los cambios de papeles tiene un coste y no son baratos y dependiendo de si esta todo bien realizado por el vecino y dentro de las normas municipales, poco queda que hacer mas reclamar porque el voladizo de dicha obra le perjudica a usted en el dia de mañana cuando usted quiera elevar altura ya que este tendría que cortar su parte y usted unirla o elevarla como lo ha realizado el, legal o no solo lo sabrá solicitando dicha normativa y para adelantar exponiendo el caso.
RESUMIENDO:
¿Está permitido, el sobrevuelo de voladizos sobre otra vivienda?
SI o NO dependiendo por un lado con la normativa municipal mirando el tema alturas, estética de la zona urbanística de la construcción, añado material que se ve en la foto de la obra. Por otro lado mientras este realizado como se ve en la foto, con su inclinación que no le perjudica a usted con el tema lluvias, podrían haber puesto una canal por si acaso de la recogida de aguas que a lo mejor esta por el otro lado ya que estas no pueden caer a la calle, también depende de la normativa por que hay de todo en todos los lados. Por estética por lo menos haber mantenido la misma altura de usted por igual para evitar estas cosas, por eso digo SI o NO por que para poder reclamar solo lo sabrá con la normativa ya que este no le va a perjudicar
Si está permitido ¿qué reglamentos los regulan, y cuales son sus medidas?
Volvemos a lo mismo NORMATIVA URBANISTICA MUNICIPAL, medidas, salientes, alturas, estética, etc.. todo en ese documento.
Un ejemplo:
Los vuelos abiertos tendrán un ancho máximo de 0,50 m, y no podrán realizarse como prolongación del forjado, siendo el canto máximo de 0,15 m. La anchura máxima será de 0,50 m
Si no está permitido, en caso de tolerarlo y no denunciarlo ¿puede crearme en un futuro, algún tipo de servidumbre o dependencia? ¿Qué pasaría, si en un futuro yo decidiera elevar mi vivienda?
Usted no podrá elevar por que este saliente le esta perjudicando, tendría que contar y realizar el mismo trabajo que el, pasar por encima o unir las dos inclinaciones (tejados) cada una a su lado correspondiente, ahora falta que quiera ¿se lo permitirá esta persona? ¿Los gasto los paga usted? ¿Tendrá problemas en un futuro con esta persona en caso de querer hacerlo? ¿Por qué perforo su pared?
Bueno esto es todo y espero haberle ayudado.