Cuota por no ser presidente de comunidad de vecinos
En mi comunidad de propietarios se ha acordado en junta por mayoría absoluta, que cuando por turno tocase a un vecino ser Presidente y este, por el motivo que fuera, no pudiera ostentar el cargo, el cual según la LPH está obligado a no ser que ante un juez solicite el procedimiento de equidad, pues la opción de saltar turno mediante el pago de 500 euros. Se acordó por mayoría absoluta por todos los propietarios y se hizo constar en el libro de actas. ¿Es ilegal? ¿Qué normativa lo impide?
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