Validez representaciones juntas de vecinos
En las Juntas de vecinos de mi Comunidad casi siempre acudimos 7 ú 8 vecinos de un total de 24 dado que hay pisos alquilados y los dueños viven en otras poblaciones. En ellas y sin más preámbulos, se comienza el orden del día sin dar lectura al Acta anterior(cosa que tengo entendido que está casi en desuso). Lo que me sorprende después al recibir el Acta es leer " ... Reunidos los vecinos de por sí o debidamente representados los siguientes: Fulano, Mengano, etc, etc. Entonces están casi todos.
Mis preguntas son las siguientes:
1º.- ¿Es obligatorio nombrar a los propietarios con representación y por quien lo están antes del comienzo del orden del día o sólo si lo exige algún vecino en ese mismo momento, o no lo es?
2º.- ¿Es obligatorio adjuntar fotocopias del DNI por la comprobación de las firmas por parte de algún vecino o presidente o da igual?. En todo caso como comprobar la autenticidad de esa representación y si procediera, como darla por válida o por nula y por quién. Todo esto se entiende por prevenir las presuntas falsedades que se pueden originar en votaciones muy importantes.
3º.- ¿Valen los e-mails?. Tengo entendido que no, pero por otra parte también parece que se están dando por buenas las representaciones verbales con aquello de que ahora no la llevo pero dentro de unos días se la daré al presidente o administrador. Esto me parece una manipulación o desvirtuación de la LPH y que da pie a muchas triquiñuelas para obtener votos favorables o viceversa en ciertas votaciones trascendentales. No digamos si esto es dicho y hecho por el presidente o el administrador. ¡El colmo! ¿Qué dice los jueces en su jurisprudencia?
Agradecería afinara al máximo su respuesta con detalles por la práctica de su quehacer diario.
Mis preguntas son las siguientes:
1º.- ¿Es obligatorio nombrar a los propietarios con representación y por quien lo están antes del comienzo del orden del día o sólo si lo exige algún vecino en ese mismo momento, o no lo es?
2º.- ¿Es obligatorio adjuntar fotocopias del DNI por la comprobación de las firmas por parte de algún vecino o presidente o da igual?. En todo caso como comprobar la autenticidad de esa representación y si procediera, como darla por válida o por nula y por quién. Todo esto se entiende por prevenir las presuntas falsedades que se pueden originar en votaciones muy importantes.
3º.- ¿Valen los e-mails?. Tengo entendido que no, pero por otra parte también parece que se están dando por buenas las representaciones verbales con aquello de que ahora no la llevo pero dentro de unos días se la daré al presidente o administrador. Esto me parece una manipulación o desvirtuación de la LPH y que da pie a muchas triquiñuelas para obtener votos favorables o viceversa en ciertas votaciones trascendentales. No digamos si esto es dicho y hecho por el presidente o el administrador. ¡El colmo! ¿Qué dice los jueces en su jurisprudencia?
Agradecería afinara al máximo su respuesta con detalles por la práctica de su quehacer diario.
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Respuesta de finurcam
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