Registrar trasteros no inscritos en el registro de la propiedad.

Somos un bloque de cuatro vecinos con ascernsor, en el cual existe un local en planta baja (con acceso a través de la comunidad) y tres viviendas, desde que se construyo el edificio ayá por los 80 a cada vivienda se le asignó un trastreo en la zona de la azotea comunitaria del edificio, pero al local no se le asigno ningún trartero. Estos trasteros no aparecen en las notas simples de las viviendas (aunque se construyeron cuando se hizo el edificio y no a posteriori) pero si en la información catastral de cada una. Han pasado los años y el nuevo propietario del local lo ha covertido en vivienda sin ningún tipo de permiso ni por el ayuntamiento ni por parte de la comunidad, si bien es cierto que este local siempre pago comunidad como vivienda (tengo entendido que al ser local tendría derecho a pagar menos, pero no se el motivo).

Mi pregunta es, son estos trasteros legales, me refiero al hecho constructivo de los mismos. Puede este señor obligarnos a tirarlos. Se podrían en su caso inscribir en el registro. Como puedo recopilar informacion de los mismo (compré este piso hace solo cinco años, y me e encontrado este follon, el libro de actas primitivo se extravió en los juzgados hace unos años y tenemos uno nuevo desde hace un año, por lo que a nivel comunitario no existe constancia de nada).

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La legalidad de los trasteros la puede comprobar en el ayuntamiento, donde estará el proyecto del edificio. Problema que si levanta el tema igual el ayuntamiento actúa de oficio y ve que son ilegales y manda el derribo. También habría que tener en cuenta si se hubieran legalizado por el tiempo (en su caso lo desconozco). Con relación a inscribirlo en el registro, lo único que tiene que hacer es ir al registro de la propiedad y preguntarles que necesita para inscribirlo y con lo que le digan ya sabrá si puede inscribirlo o no.

Gracias por la respuesta, por ultimo cuando se refiere a que se han legalizao por el tiempo, a que se refiere, es que lo lo entiendo y como podría averiguarlo en su caso. Gracias.

Le facilito lectura de artículo, ya que en cada lugar es diferente:

http://www.revistainmueble.es/2014/07/10/prescripcion-de-infracciones-urbanisticas-cuando-lo-ilegal-se-convierte-en-legal-por-el-paso-del-tiempo/ 

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