Cancelación registral por caducidad, ¿Cómo hacer?
Mi padre falleció hace poco más de 2 años y me dejó en herencia su vivienda. Meses después hice todo el papeleo, escritura de aceptación de herencia, liquidación con Hacienda, etc... La vivieda es 100% de pleno dominio mío con caracter privativo por título de herencia desde el día 27/12/2012.
Hace unos días, revisando las escrituras, leo que hay un apartado que dice:
(*)Cargas propias de la finca.- Una hipoteca a favor de Caja Provincial de Ahorros y Monte de Piedad (hoy La Caixa) de X euros de principal, X de intereses y X del crédito supletorio para costas, gastos, perjuicios e indemnizaciones. Plazo 10 años a contar de 16/1/1969. Resulta de inscripción 2ª, causa por escritura otorgada en X ciudad, el 16 Enero 1969 al el Notario tal.
Me dirijo al Registro de la Propiedad y les comento lo sucedido. Me dicen que por los años que han pasado, esa carga debe estar saldada, que pida una nota simple y vaya con ella a la entidad bancaria para que me den escritura de cancelación.
Voy a la central de la entidad y me dicen que allí no figura ninguna carga ni a nombre de mi padre ni al mío. Me indican, después de insistir en qué debo de hacer al respecto, que vaya al Registro y pida la cancelación registral ya que han pasado 21 años desde el pago de la última cuota del préstamo. Vuelvo al Registro y me dicen que en efecto, puedo realizarlo, redactando una instancia dirigida al propio Registro y otra para Hacienda, la cual deberá realizar la liquidación y con dicho documento volver al Registro para la cancelación. Me habla también que mi firma la debe reconocer un notario.
Hoy, estando revisando de nuevo las escrituras, no me había percatado de que tras el párrafo (*) continua el escrito por detrás de la hoja diciendo: "Al margen de la inscripción/anotación 4, consta la siguiente nota: Esta finca queda afecta a favor de Hacienda, por plazo de 5 años, a contar desde hoy (5 Febrero 2013), en garantía de las liquidaciones que por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones puedan girarse al acto a que se refiere la inscripción 4ª, alegada base liquidable negativa por autoliquidación, se archiva carta de pago.
Ahora me alberga la duda de si ésto es lo que necesito que me de Hacienda para la cancelación registral.
No tengo idea de cómo redactar la instancia y me gustaría saber si podrían ayudarme al respecto, si los pasos son tal y como me han indicado, y si es necesaria el reconocimiento de mi firma pues hace apenas unos años que tengo todo el papeleo con mi firma ante Notario.
A la espera de prontas noticias suyas y agradeciendo de antemano su atención.