Empadronarme en una casa donde no vive nadie

La casa de mi abuela lleva 2 años vacía desde su fallecimiento. Todavía no se ha realizado la apertura del testamento, por tanto no se ha repartido la herencia. Mi pregunta es si puedo empadronarme en la casa de mi abuela que actualmente está deshabitada o tendré problemas por no haberse abierto el testamento.

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Tendrías que contaron los otros herederos. Pues la casa es de todos hasta que hagáis la partición. Y si están de acuerdo si podrás empadronarse.

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Más bien su pregunta parece ser si se puede ir a vivir a casa de su abuela, no si puede empadronarse ahí. En su Ayuntamiento le dirán cómo empadronarse y lo que necesita. En cuanto a instalarse en casa de su abuela, es un asunto personal en que tendrá que evaluar cómo se las gastan los herederos, y decidir en función de ello. En un foro legal no podemos decirle que se meta de okupa en ningún sitio, y mucho menos que tenga derecho a hacerlo si no es usted uno de los herederos.

Segun el testamento la casa es para mi hermanay para mi una finca, para mi tía tres fincas y para mi madre dos fincas. Por parte de mi hermana y mi madre no hay problema, la incógnita es mi tía. Mi interés en habitar esta casa es para que no permanezca vacía y porque soy mayor de 25 años, tengo trabajo y fiscalmente mis padres ya no desgravan por mi.

Muchas gracias

Lo puede hacer con el permiso de su madre y de su hermana. La ley dice que los condóminos (todavía no lo son, pero sí tienen derechos hereditarios) pueden hacer uso de la cosa común. Que una casa esté deshabitada siempre es un perjuicio, por lo que el hecho de que usted vaya a vivir ahí siempre mejorará la finca.

Por lo demás, su tía podría exigir que a ella se le pagase una cantidad por el uso de la vivienda, pero eso solo desde el momento en que tenga adjudicada su parte y solo desde el día que lo pida, no puede hacerlo con efectos retroactivos.

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