Reclamación de deuda entre particulares

Hace 8 años tenia una cuenta en común con mi expareja, de la que yo era primera titular, y cuyo uso durante unos meses fue ejercido por mi casi exclusivamente.

Al separarnos, el me escribió un sms para tratar de acordar la devolución de una parte de ese dinero y yo le respondí afirmativamente, llegando a establecer una cantidad.

La cuestión, es que después, el se fue del país durante un tiempo y ha vuelto hace unos meses. Me reclama ese dinero en concepto de deuda entre particulares, pero nunca suscribimos un contrato escrito ni acuerdo notarial.

¿Puede usar ese sms como prueba? ¿Qué prescripción tendría, en todo caso, este tipo de deudas?

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Respuesta

Guimara, está usted bajo la protección de Santa Rita y de San Carlos Borromeo. Haga caso a estos santos: lo que se da no se quita y nadie puede reclamar lo sacado de una cuenta como préstamo; pues un préstamo es una cosa y las disposiciones en efectivo son otra muy distinta. En definitiva, las parejas tienen mecanismos de retribución mutua al margen del dinero (y que a veces vale más que éste) que los demás no podemos conocer.

Para que se pueda reclamar una deuda primero ha de existir un trato por escrito, con consentimiento objeto, plazo e importe; que ese pacto explícito haya sido incumplido y que, en fin, no se deje nada a la imaginación. El añoso y precámbrico sms no es suficiente.

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