Cuando fallece tu padre o madre,¿ Cómo se deben repartir los bienes?

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Mi madre falleció hace 4 años. En el matrimonio de mis padres tenían en propiedad 2 pisos, además de 120.000 euros. Al fallecer mi madre, mi único hermano, mi padre y yo hicimos las escrituras nuevas de los pisos y firmamos que mi padre gestionaría todo hasta su fallecimiento. Mi padre ha alquilado los 2 pisos sin consultarnos a los hijos. ¿Es legal hacer eso? Al ser 3 propietarios por vivienda y estar alquilados los pisos, ¿debemos declarar los 3 esos alquileres cuando mi hermano y yo no recibimos ni un céntimo por ello? Además mi padre cobra beneficios por esos 120.000 euros mensuales que no comparte con sus hijos.
Mi hermano dice que quiere la llave de los pisos y la parte correspondiente de su herencia y que además no quiere que los pisos estén alquilados sin su consentimiento. Aunque supongo que si tenemos derecho a percibir un beneficio, también tendremos obligación de pagar gastos tanto de los pisos como de la cuenta bancaria ¿no? ¿Podría aclararme lo k es legal y lo k no y qué posibles soluciones puede haber para hacer todo legal.

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Aquí hay una cosa al dar eso poderes a tú padre el gestiona todo y lo beneficios los recibe el, por lo tanto el tienes que ha ese cargo de todos los gastos. Pero al tener vosotros parte de todo y esta escrito en la declaración de la renta lo tienes que pagar a medias, por lo tanto vosotros deberes decir a tu padre que lo beneficio se reparta entre los tres.

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