En este caso lo que debería de hacer es llegar a un acuerdo con su pareja, es la mejor forma de no salir nadie perjudicado en caso de ruptura de la relación. Lo que debe plantearle, en función de lo que pretenda (quedarse usted con la totalidad de la vivienda o dejar que él se quede la totalidad de la vivienda), sería hacer una extinción de condominio (en el caso de que los dos sean propietarios). Si es usted quien compra la parte de su pareja, debe de pagarle la parte que le corresponde a él, o bien hacerse cargo de lo que quede de la hipoteca, para eso se hace una tasación y se valora el importe que se le debe de pagar. Si es al revés, es decir, su pareja le compra a usted su parte, él debe abonarle el importe que corresponda al 50% del valor de la vivienda, normalmente ampliando la hipoteca. Lo que sobre todo deben tener claro es quien se quedaría con el 50 % del otro titular y en función de eso, pagarle al otro su parte, bien sea quedándose con la hipoteca o ampliándola, pero la gestión que deben de hacer, repito, en caso de que los dos sean titulares, es una extinción del condominio.
Independientemente a ésto, deberán hablar con el banco y solicitar que deje salir a uno de los titulares (el que vende). Normalmente el banco se niega a ésto, ya que pierde una garantía, pero lo que le propondrá, es que en el lugar de la persona que sale, entre otra, es lo más habitual, salvo que el titular que se quede sea muy solvente y le permitan quedarse solo antes de que haya problemas con el pago por desavenencias entre ustedes dos, pero lo más normal es que sustituyan a un titular (vendedor) por otro que aporte el otro titular (comprador).