Se puede cobrar por una misma baja laboral de 2 seguros de indemnización por baja laboral?

Yo soy funcionaria pero cotizo con regimen general de s.s., para suplir la bajada de sueldo al cogerme una baja, me hice 2 seguros de baja laboral con la idea de cobrarlos los 2 con la misma baja, ya que por uno de ellos (que es del colectivo y no lo puedo modificar) solo se cobra 10€/dia y no me cubria el total de mi pérdida salarial.

El caso es que hace un año y medio tengo los 2 seguros de indemnización por baja laboral, los cuáles nunca he utilizado, el primero es privado lo hice con mapfre es el de incapacidad temporal total esencial que me pagan 30€/dia si la enfermedad de la baja esta en el baremo que ellos dan, y el otro seguro es de 15 dias después el cuál yo no recordaba o no me lo dijeron que también es con mapfre porque yo no soy el cliente directo, es decir yo contraté a un gabinete de abogados de forma privada y añadieron la opción de pagar 20€ más al año a su cuota anual de servicios de abogados y tener opción a este seguro de bajas, el cuál es muy limitado pero no tiene baremo, es decir a mi no me dieron a firmar ningún contrato con mapfre por él ni tengo las condiciones generales, ya que las condiciones particulares las descargué de la web del gabinete de abogados y firman las partes mapfre y el gabinete, no pone que yo soy el tomador.

Mi sorpresa es que estoy embarazada y me han dado la baja por enfermedad resulta que entro en las condiciones necesarias para cobrar en ambos seguros, pero mapfre dice que son incompatibles, que al poner mi dni el sistema detecta que tengo los 2 seguros y que soy la beneficiaria en los 2, asi que me hace eleguir y perder el otro. Pero el del gabinete de abogados es un seguro de indemnización colectivo pone como grupo asegurable personal al servicio de las administraciones públicas, indica como asegurados los miembros del grupo asegurable que soliciten su incorporación al seguro. No me pone directamente a mi, pero como les sale en mi expediente como que soy el asegurado pues es incompatible.

Me gustaría me dijeran si es cierto o no que es incompatible y tengo que elegir entre ellos, no me parece justo porque para cobrar las 2 cuotas de estos años si que es compatible y su sistema de mapfre debería de no dejar contratar la 2 poliza. Mi marido está igual y así habrá muchos más casos...

También le comenté dejar solo una pero que fuera sin baremo y pagar la cantidad de más que fuera que también me la presupuesto en su dia, dijo que su superior comenta que al ser funcionaria no puedo contratarla que aunque la presupuesto en central la hechan para atrás, así que ahora que lo necesito y ya no tengo tiempo a reaccionar me dejan sin opciones.

Trás estas pocas opciones de mapfre, he buscado la opción de contratar otra póliza nueva sin baremo para pagar por dia de baja ya que me encuentro muy mal, y veo que se alargara (y en la esencial de baremo no entra nada del embarazo), en la web bajalaboral. Es he encontrado bajas con y sin baremo y para funcionarios, veo que algunas solo pone 2 meses de carencia e incluso alguna sin carencia, ¿puedo hacer esta nueva y cobrar de mapfre esencial y de esta nueva al ser aseguradoras diferentes?

Gracias por sus respuestas, siento ser tan larga la explicación pero estoy angustiada y no se a quién preguntar, si pueden sugerirme opciones se lo agradecería.

3 Respuestas

Respuesta

Mi opinión, basada en mi experiencia es la siguiente:

El primer seguro se contrató por el colectivo entiendo. Posteriormente se contrató uno adicional para compensar el detrimento de sueldo. Para este segundo seguro la compañía debió recibir un cuestionario cumplimentado, donde una de las preguntas suele ser si hay otro seguro que cubra la misma contingencia. Si se respondió de forma negativa y se firmó, la aseguradora podría negarse a pagar ya que en sus normas es posible que no permitiese el doble aseguramiento más aún con ella misma.

Si no existe cuestionario firmado, o esa pregunta no estaba, o se contestó de forma correcta, el siguiente paso sería leer las condiciones particulares y generales de la misma, para ver si hace referencia a este tema como una exclusión en cuanto al pago de la prestación.

Si tampoco ves nada en la póliza ni condiciones generales del contrato, yo reclamaría con todos los medios posibles la prestación que corresponda, no se puede alegar lucro puesto que no hay enriquecimiento con respecto al sueldo que se hubiera cobrado. En el caso de que sí aparezca alguna cláusula limitativa en cuanto a la cobertura si existe otra póliza, el tema estaría algo más complicado, pero igualmente la pregunta debería haber sido previa a la contratación y por escrito, también reclamaría (aunque con menores esperanzas).

Habría que analizar si con respecto a la cantidad que deberían abonarte te merece la pena comenzar un posible litigio, aunque de entrada a los tramitador le comunicaría que de no aceptar los pagos pondría el caso en manos de un abogado para reclamarlo judicialmente.

Esta respuesta como indicaba es mi criterio en base a la información que nos indicas, podría revisar la documentación para poder estudiar el modo de reclamar el pago. Si lo necesitas contacta conmigo, lo analizaría sin coste ni ningún tipo de compromiso.

Hola, Muchas gracias por responder. He presentado la baja en mapfre oficina, y me ha llamado la tramitadora del expediente, dice que esta abierto en los 2 seguros, y que no son incompatibles entre si, le comente que en oficina y en telefóno de su web me dijeron que si, ella me confirmó que no y que hablaría con oficina, lo que faltaría es ver si realmente entra en las condiciones de los 2 seguros.

Así que cada uno me dice una cosa, yo no tengo las condiciones generales del seguro del colectivo pero si las particulares de los 2 y no pone que en caso de existir otra póliza sea incompatible.

Quién tiene razón? supongo la tramitadora es la que lo sabe seguro, ya que en oficina cuando contrate hace 2 años no conocían ni el seguro se lo dije yo, además me dieron un baremo supuestamente del seguro esencial privado, y presente la baja según un concepto de ese baremo, la tramitadora me dijo que se habían equivocado en oficina y no era ese baremo el de mi póliza, me toco ir a por él, y no entra nada, ni parecido con el otro y además piden intervención quirúrgica o hospitalización en casi todos los conceptos. Si me hubieran enseñado hace 2 años cuando contraté este baremo no hubiera comido esa póliza, ya que a mi por intervención quirúrgica no me quitan dinero de nómina. Ahora dicen que mi baja no entra, hasta que punto no tiene ninguna responsabilidad mapfre en estar 2 años pagando una póliza acogida necesariamente a un baremo el cuál no me dieron el correcto? 

Además en oficina se hicieron fotocopia de mi baja diciendo eso es lo que necesitaban y la tramitadora dijo que eso no es correcto que no se necesita baja porque ese seguro es también para amas de casa, estudiantes... y sin la baja también vale, que solo se necesita que un médico escriba un informe indicando las varias dolencias que tengo, y si entra alguna en mi baremo me pagaran y sino no, si hay varias solo pagan 1.

Que opinión tiene al respecto? A mi marido le paso lo mismo ambos tenemos mal el baremo, me siento estafada y muy mal informada en todos los sentidos, me parece de muy poco profesional por parte de mapfre, la tramitadora dijo que le había pasado en otras ocasiones que en oficinas han dado mal el baremo, pero dijo que en 18 años nunca le había sucedido de dijeran que era incompatible 2 seguros que en sus condiciones no lo pone. Mapfre oficina ni nadie ni siquiera se disculpo por todo esto.

Gracias de nuevo por su respuesta. Saludos.

Hola,

El primer seguro fue el privado que me hice con mapfre y el segundo fue el colectivo, del colectivo no hicieron ningún cuestionario, solo tengo las condiciones particular firmadas por el gabinete de abogados y mapfre que son las partes yo no aparezco en ningún sitio, y nadie me ha dado las condiciones generales. 

Saludos

Si hizo primero el privado y en las condiciones particulares ni generales no indica ningún tipo de incompatibilidad, ni hizo cuestionario en el segundo al ser colectivo, yo exigiría la cobertura. Lo que ocurre es que los procesos son muy lentos y si además hay que contratar un abogado en función de la indemnización que pueda recibir usted valorará si le conviene.

Imagino que mantiene el primer baremo que le dieron, es muy importante demostrar documentalmente qué se le entregó, la oficina es responsable. Existe una vía para reclamar y no tener que hacer uso de un abogado, habría que preparar una especie de recurso donde se pusieran expongan todos los antecedentes y las cartas de rehúse de los siniestros (muy importante, ya que todo debe estar perfectamente documentado). Esa vía está descrita en esta web;

http://www.quejasyreclamaciones.com/procedimientogeneral.htm 

Se llegaría al defensor del asegurado o al comisionado para la defensa del cliente de la dirección general de seguros casi con toda seguridad, visto lo que comenta anteriormente.

Esta falta de profesionalidad es la que hace que nuestro sector en ocasiones quede bastante desprestigiado, la información al cliente para decida es imprescindible y, sobre todo, para que ante un siniestro sus expectativas queden cubiertas.

Mantengo mi disposición a ayudarle si quiere "pelear" este asunto, por la vía que le indicaba anteriormente previo estudio del siniestro y las pólizas, no por la judicial ya que mi experiencia es en correduría de seguros, no soy letrada. Recibiendo ayuda o sin ella, no pierde nada por intentar defender sus derechos.

Respuesta

En este tipo de seguros, no se puede cobrar 2 veces por la misma causa, solo debes cobrar una sola vez lo que te correspondan, valora las dos opciones que tienes y elije la que más te beneficie.

Respuesta

En la contratación se pregunta y se deja por escrito si el cliente cuenta con otro seguro de indemnización. Es más, si se contrata un segundo seguro la pregunta se repite y se debe comunicar a la primera compañía este hecho. Se puede tener más de un seguro de este tipo si los ingresos lo justifican pues se trata como muy bien dices de compensar la perdida económica derivada de la situación de baja laboral. Hay unos conceptos muy concretos y simples que se deben comentar a la hora de contratar estos seguros para que el cliente conozca sus derechos y obligaciones sin necesidad de adentrarse en la lectura de los condicionados que siempre resulta tediosa. La veracidad y exactitud en la contratación es esencial para reducir o eliminar las posibles sorpresas a la hora de la prestación. Por desgracia el problema numero 1 de estos seguros es el fraude y la picaresca tanto a la hora de contratar como en las situaciones que se dan durante el periodo de baja por lo que conviene tener claro el funcionamiento del seguro en cada compañía. Por su parte las compañías ofrecen prestaciones que a simple vista pueden parecer iguales sin embargo hay que ver las condiciones y la operativa a la hora de un siniestro para valorar realmente la calidad del seguro. En todo seguro se otorga a la declaración del cliente la calidad de verdadera por lo que la declaración firmada es suficiente para contratar. Resulta interesante ver por una lado como nos quejamos por algo que no nos han explicado al contratar, y por otro la resistencia que oponemos a pasar cuestionarios o responder a cuestiones que se nos plantean.

Cuando menciono el fraude me refiero por ejemplo a omitir datos importantes en la declaración ya sea de salud o de actividad profesional pues determinan la prima e incluso la aceptación. No digamos ya falsear estos datos. Es tan responsable el cliente como el mediador de que se contrate bien pues si el mediador omite explicaciones que el cliente por supuesto no tiene porque saber le estará cargando con un problema en vez de con una solución y a su vez estará haciendo correr a su compañía con un riesgo que de saber la verdad quizá no hubiera aceptado o quizá la prima sería diferente.

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