Contrato de arras incumplido por la parte vendedora alegando "razones de fuerza mayor"

Hemos firmado con una agencia inmobiliaria una “Señal de reserva para la compra de un piso” en la que se especifica lo siguiente: “La cantidad entregada quedará supeditada a que antes del ___ de junio de 2015, se realice la escritura pública de compra venta. En caso de que pasen dichas fechas si haber formalizado la escritura de compra-venta, el futuro comprador, perderá las cantidades entregadas, siempre y cuando no se realice por causas imputables a éste. Si la no formalización de la escritura de compra-venta fuese imputable a la parte vendedora deberá ésta devolver a la otra parte el duplo de la cantidad recibida en concepto de señal según establece el art. 1.454 del Código Civil”. Y luego vienen las firmas (la nuestras y la de la inmobiliaria en represantación de la parte vendedora) y nada más.

Por nuestra parte teníamos todo listo para efectuar la compra desde la primera semana de mayo y deseábamos hacerlo cuanto antes. No obstante, debimos esperar dos semanas por decisión de la otra parte sin indicar ningún motivo específico. Un día antes al contrato de compra venta se nos llama de la inmobiliaria para comunicarnos que no era posible realizar la compra porque uno de los propietarios era menor de edad y requería de la autorización de juez para que la compra fuera legal.

Deseamos comprar el piso pero las opciones que nos brindan son inviables, ya sea por el prolongado tiempo de espera que ello supone o por riesgos que debemos asumir nosotros. Por otra parte nos dicen que las condiciones especificadas en el contrato de compra venta quedan invalidadas alegando “razones de fuerza mayor” ya que los vendedores desean vender pero dependen de un juez para ello, así que no es culpa de nadie. En tal caso, llegada la fecha se nos devolvería la cantidad de dinero que hemos entregado como señal y eso sería todo. Pero en el contrato no dice nada de “fuerza mayor” ¿Pueden hacer ellos esto? ¿Son estas razones de fuerza mayor? ¿Debo comenzar ya a tomar acciones legales? Agradecería cualquier orientación al respecto porque el tiempo corre y el contrato de arras se vencerá en un par de semanas.

Respuesta
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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto y les ayude a encontrar una posible solución. Si lo desean, pueden encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.

Este tipo de contratos de señal, generan muchos problemas en muchas ocasiones. Y el entrar en causas de resolución por fuerza mayor, es complejo y en todo caso quedaría a la decisión de un juez.

Los vendedores, deberían saber ya, antes de poner a la venta un inmueble, que si hay un menor es necesario autorización judicial.

En cualquier caso, un abogado que les estudie su caso, puede ayudarles con algún posible arreglo o con los pasos necesarios para poder luego reclamar judicialmente.

¡Gracias! He pedido a un amigo que es abogado que revise el contrato y según éste está claro que son arras penitenciarias y que no se dice nada de fuerza mayor. Espero que esto pueda resolverse sin tener que acudir a juicio. En caso contrario me pondré en contacto con ustedes. 

Un saludo

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