¿Quién debe reparar el aire acondicionado, el arrendador o el inquilino?

Tengo arrendado un local desde el año 2013. Hace unos días me dice el inquilino que se le ha averiado el aire acondicionado, pero el contrato dice en la estipulación sexta lo siguiente: Todas la obras de conservación, mantenimiento y reparación que pudieran precisar o sean necesarias efectuar en el local, sus instalaciones o servicios, durante todo el plazo de duración de este arrendamiento, será cuenta y cargo exclusivo de la parte arrendataria, renunciándose por esta última expresamente a los beneficios que le vienen concedidos en el Art. 21 de la Ley Locativa actual, en cuanto a las obras de conservación en el local.

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Siendo así, y tratándose de un local (en una vivienda ese clausulado sería nulo) es el arrendatario el que debe afrontar la reparación.

Saludos Papeleos Alquiler

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