Legislación sobre contrato de intermediación

Estoy haciendo de intermediario en una operación en la que hay una persona que vende un producto y otra que lo quiere comprar. Para ello he firmado un contrato con el vendedor en el que se fija un precio para el y el resto se considera mi comisión (en función del precio que yo logre conseguir con el comprador irá mi ganancia).

¿Existe en España alguna Legislaciion que regule este tipo de trabajos? ¿Hay qué estar dado de alta en hacienda u otro sitio? (Hay que tener en cuenta que lo estoy haciendo a título individual, no como empresa). He oído que el importe de la comisión no puede superar el valor del producto ¿es cierto?

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Lo primero, recomendarle se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto y le ayude.

Usted deberá darse de alta en Hacienda y si es deforma habitual, en la Seguridad Social (ahora puede acogerse a la tarifa plana si cumple los requisitos).

Debe mirar si su actividad corresponde a la de un Agente Comercial o como Representante comercial, por ejemplo.

Para usted cobrar las comisiones, tendrá que emitir facturas y por lo tanto, presentar las correspondientes liquidaciones de IVA y en algunos casos pagos trimestrales de IRPF.

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