Pues podrían considerarse abandonados si además del tiempo que llevan estacionados presentan falta de piezas o de algún elemento imprescindible para circular. Es un tema municipal y como tal regulado en las Ordenanzas Municipales pero como no se donde vives, a título de ejemplo te pongo lo que dice al respecto la Ordenanza del Ayuntamiento de Zaragoza. Busca en la pagina web de tu ayuntamiento o pregúntales directamente y seguro que te informarán.
La notificación debe hacerse pero debe ser por una autoridad (dejar una nota no tiene efectos legales). "Se notificará conforme a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30 de 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, requerimiento para que en el plazo de quince días retire el vehículo del depósito o lugar de la vía en que se encuentre, con la advertencia de que en caso contrario se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano. La Policía Local y los Servicios Municipales llevarán a cabo las actuaciones con sujeción a lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y demás disposiciones aplicables. Transcurrido el plazo de quince días en los casos de recepción del requerimiento o realizadas las actuaciones administrativas subsiguientes en los casos de no recepción del inicial requerimiento, el vehículo pasará a tener la consideración de residuo sólido urbano a los efectos de la legislación vigente sobre residuos.
Saludos
Eso es válido para la vía publica, el problema de este amigo, es que la calle es privada, y en esos casos, incluso aunque el vehículo este estorbando, si no hay una orden juducial la policía no puede actuar - Julio Ab