Incremento de patrimonio por re-calificación a terreno urbano.

El ayuntamiento de mi localidad ha decidido re-calificar un terreno rústico de nuestra propiedad (Compartido con mi mujer en bienes gananciales) a terreno urbano con uso residencial.

Me lo han comunicado en el año 2015, pero es un trámite que se inició hace 4 años.

Me gustaría saber como influye ésto en la declaración de la renta del 2015. Si como supongo, ¿debemos declarar un incremento de patrimonio?, ¿Lo puedo imputar en varios años?, ¿Puedo compensarlo con pérdidas patrimoniales de ventas de acciones en el 2015, que cotizan en la bolsa de Madrid?

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No hay que confundir incremento de patrimonio con alteración patrimonial. En el primer caso nos podemos encontrar ejemplos como el tuyo de revalorización, u otros como la simple compraventa de inmuebles, en el cuál hay efectivamente un incremento del patrimonio, pero dicha situación en sí, no tributa en la declaración de la renta. Lo que sí tributa es la alteración patrimonial, bien ganancia o bien pérdida, ocasionada como consecuencia de una transmisión del bien (inmuebles, terrenos, acciones, participaciones...).

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