Tendedero portátil en el balcón
El otro día hubo reunión de vecinos, y debido a que dos de los cuatro que dan al exterior pusieron por su cuenta y sin consultar un cañizo en el balcón, se decidió por mayoría que debían de quitarlo. Hasta aquí parece razonable por ser un objeto fijo que repercute en la estética de la fachada. A continuación y como esta decisión no gustó a algunos, estos propusieron que los tendederos de ropa portátiles también resultaban feos a la vista, por lo que si suprimíamos una cosa, también suprimíamos la otra, y tendríamos que tender en el terrado comunitario. Mi pregunta es si me pueden obligar a tal cosa, puesto que no es algo fijo que pueda repercutir en el aspecto de la fachada permanentemente.
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Respuesta de abogados_gc
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Respuesta de Isaguiver Mongar
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