Cotizan las dietas a la Seguridad Social?

Trabajo en teatro y a veces salgo de gira... Hasta ahora me pagaban 90 euros /día, con los que yo me pagaba el alojamiento, las comidas u los gastos... Este año ( 2015) nos comunicaron, que para adaptarse a la ley, la empresa nos pagaría y elegiría el hotel ( siempre en habitación individual) y nos darían 45 euros/día para comidas... Estos 45 euros me los deducen en la nomina...( aparecen 45 euros en devengos y 45 euros en deducciones... ¿y las llaman " dietas manutención y estancia" o " dieta estancia per.españa"...)es correcto?
Entiendo que no pasan de 53,54 euros... En todo caso me deberían "quitar" solo una parte, ¿no?
Según el email que la empresa envío, para comunicarnos el cambio nos dicen:
"Cuando la dieta es por pernoctaron, el importe de los 45 euros de la media dieta esta exento al completo por lo que a los trabajadores os llega neto y para el teatro es mas beneficioso .
En caso de la media dieta (45 euros) en la Comunidad de Madrid o cuando el día de vuelta se llega por la tarde y por lo tanto corresponde, si hay una parte sujeta a retención que no podemos evitar. Esta retención se aplicara directamente en nomina y de esta manera el adelanto seguirá siendo de 45 euros".

Espero que me podais aclarar algo, porque tengo que hablar con la empresa en breve sobre el tema...

2 Respuestas

Respuesta

Las dietas tributan cuando el empresario te paga más de lo que establece la ley (tributan en el exceso).

Esto te ayudará

http://basededatos.indicator.es/seguridad_social/_como_han_quedado_las_dietas_/ESACLBAR_EU14010201/?source=rss .

Como podrás ver, en tu caso (dieta sin pernocta) te están pagando 45 € en vez de los 26,67 euros que marca la ley. Tributarás por los 18,33€ de diferencia.

Respuesta

Efectivamente, los excesos en las dietas, tributan tanto a la seguridad social, como están sujetos al IRPF.

Le recomendamos se ponga en manos de un experto, que le estudie su caso concreto y le ayude.

Gracias por la respuesta ... Pero creo que no me he explicado bien ... 45€ se considera " exceso"???  Tenía entendido, que había que declarar lo que pasará de 53€ ... ES ADI ??? Y en ese caso, cuanto se tributa ??? . 

GRACIAS !!!

En este enlace puede encontrar la información

Hay que ver en concepto de que es la dieta y donde...

Gracias por la Respuesta .... La empresa ( con sede en Madrid, donde trabajo habitualmente ) me manda 4 días a Ciudad Real y 3 a Santander . Ellos buscan y pagan el alojamiento, y me dan 45 euros / día para comida . Los ddías de viaje ( de vuelta a casa ) también, puesto que llego a Madrid después de las 15h. 

En mi nómina  aparecen las dietas en la columna de devengos ( el importe integró) y en la de deducciones  ( también integró ) es decir , suman y restan.... Si están exentas no deberían restar , no ??? 

En una respuesta me dicen que el máximo por manutención es de 26 € y en otra de 53€ , cual es en mi caso ??? Entiendo que si realmente me pagan dietas de mas, cotizaría a la Seguridad Social  solo por el importe de mas, no ??? Es decir si el importe máximo don 26€ y yo cobro 45€ ,, " pagaría" a la SS solo Por los 20€ que me paso, es correcto ???

MIL GRACIAS !!!

Los limites para no cotizar son en desplazamientos en España:

53,34 € día si duerme fuera y 26,67 € si no duerme fuera.

Cotizan tanto a la seguridad social, como en el IRPF los excesos sobre esto.

En cualquier caso, debe hablar con el departamento de RRHH de su empresa, para que le aclaren estacuestion.

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