La autorización de residencia por reagrupación familiar de la que sean titulares el cónyuge, pareja e hijos en edad laboral: habilita para trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier parte del territorio nacional en cualquier ocupación y sector de actividad sin necesidad de ningún trámite administrativo.
Por tanto, puedes trabajar ya sea por cuenta ajena ya sea por cuenta propia.
Si necesitas asesoramiento y/o gestión para darte de alta en tu actividad de autónomo conforme comentas y en los trámites y gestiones sucesivas, puedes contactar con nosotros en www.asesoriamontserrat.es o en el 676.633.077