¿Como se acredita que uno se encuentra en situación de paro involuntario?

¿Cualquier despido improcedente se considera involuntario? En concreto, a una persona le imponen una sanción disciplinaria que conlleva al despido. El individuo llega a un acuerdo en la fase mediadora, redactándose un acta de conciliación y recibiendo una indemnización en concepto de despido improcedente reconocido por parte de la empresa. A efectos legales, ¿se considera este caso un despido involuntario?

1 Respuesta

Respuesta
1

Se considera baja voluntaria cuando es el trabajador quien decide dejar de prestar sus servicios para la empresa. Es baja involuntaria cuando es el empleador quien decide poner fin a la relación, independientemente del tipo de despido que lleve a cabo y de su calificación.

El despido disciplinario es la sanción más grave que se puede imponer al trabajador, y en la jurisdicción social (juicios de trabajo) se exige rigor probatorio al empresario ; los jueces y magistrados están ligados a una función tuitiva; -esto significa que se deben a la protección del trabajador, porque se encuentra en una posición más débil que la empresa-.
De este modo, si el empresario despide por la vía disciplinaria al trabajador, deberá probar rigurosamente la conducta del trabajador (no se puede despedir sin pruebas justificadas) también debe demostrar de la proporcionalidad de su decisión, la intencionalidad del trabajador, etc. La mayoría son declarados improcedentes por insuficiencia en su justificación.
No obstante, puede que realmente existan causas justificadas y probadas para el despido, puede que la empresa tenga razones de peso para despedir al trabajador, en cuyo caso el despido será procedente y el trabajador será despojado de su indemnización y se irá a casa sin indemnización; -eso sí, con derecho a paro-. Aunque el despido sea disciplinario por cualquier causa y por grave que sea, siempre que despedir haya sido decisión del empresario, el trabajador tiene derecho a cobrar el paro según el tiempo cotizado (4 meses por año trabajado). No ocurre lo mismo en caso de baja voluntaria del trabajador, en cuyo caso no hay derecho a paro.

Si lo deseas puedes contactar con nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.es o en el 676.633.077

Muchas gracias. Una respuesta excelente. Estaba confundiendo las ideas totalmente. Lamentablemente hubo motivos más que justificados. Ya estuvo bien conseguir una indemnización.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas