Un contrato de arrendamiento de hace 12 años, aunque sea verbal, tiene una duración mínima obligatoria para el casero y opcional para el inquilino de 5+3 años.
Pasados los 8 años, el arrendador puede darlo por terminado al final de cada mes.
Si quieres meterte en abogados - cosa que no recomiendo pues nunca se sabe el desenlace - podrías alegar, si es que alguna vez hubo una variación importante en la renta, que esa variación implicaba que ese año se APALABRÓ un NUEVO contrato... y volver a comenzar a contar 5+3 años si eso ocurrió antes de junio de 2013, o 3+1 si ocurrió a partir de esa fecha.
No te lo recomiendo.
¿Si te quedas en la calle? No, porque puedes buscarte otro piso que además ahora hay muuuuchaaaa oferta y a buen precio.
De todos modos, es muy posible que si has dido un buen inquilino... tu casero NO TE DEJE IR por unos pocos euros. Pero si no cede algo con el precio de la nueva renta... no lo veas como que tú te quedas en la calle, sino como que él se queda tirado.
Ah, y te recomiendo que no hagas contratos verbales... y que no lo firmes sin leerlo y entenderlo y sin leer esto: Decálogo del Inquilino