Reembolso aportación pérdidas a ex socio compañía por contrato firmado siendo socio.

Trato de explicar el caso lo más posible.

Socios de sociedad limitada tienen un % X de acciones de una compañía. Los cuatro socios son avalistas de un préstamo de 60K de manera solidaria. La empresa en un acta, quiere llegar a un acuerdo por el que si cada socio aporta 5K en ese momento, ella se hace cargo del levantamiento del aval o en su caso de la cancelación del préstamo y en caso de no poder, proceder al reembolso de esa cantidad aportada. En ese mismo acta se define la venta de participaciones por el 100% a un tercer socio por el que desaparecen como socios de la sociedad.

La empresa incumple el acuerdo reflejado en el acta.

- ¿Cómo puede devolver la cantidad que aportaron los socios si ya no tienen acciones de la misma?

- ¿Es necesario volver a recomprar las acciones para tener ese reembolso?.

- Si ya no son socios de la compañía... ¿cómo queda el tema del aval solidario?. Entiendo que en caso de que el banco nos reclamara el aval a los no socios.. ¿tendríamos qué denunciar por mala praxis al administrador y a la compañía?

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Es un poco arriesgado intentar responder a la pregunta sin conocer con detalle los términos en los que se redactaron aquellos acuerdos. No obstante, a riesgo de equivocarme, yo diría que la aportación que hicieron los socios figurará como un crédito a favor de ellos que no se perjudica por el hecho de dejar de ser socios. Es decir, la sociedad debe ese dinero a las personas que lo aportaron y éstas podrían reclamarlo aunque ya no sean socios.

Lo del aval está peor. El banco tiene acción para ir contra todos los avalistas, sean o no sean socios. Son cosas distintas y la obligación del avalista frente al banco existe aunque se pierda la condición de socios.

Evidetentemente, en todo este asunto se percibe una actuación poco diligente (o quizás negligente) por parte del administrador y eso podría dar lugar a una responsabilidad.

Antes de nada, mil gracias por la contestación. Efectivamente, vemos mala fé por parte del administrador. Éramos socios trabajadores y nos despidió, queriéndose quedar con unos clientes que no ha sido capaz de mantener y de ahí la incapacidad de levantar el préstamo ya que los clientes se han negado a abonar la facturas. Lamentablemente, entendemos que se tendrá que solucionar todo en un juzgado.

Ha dejado de contestar correos electrónicos y creo que es el momento de tomar las acciones legales oportunas. Algún abogado mercantil podría ofrecerme/nos (somos tres socios) sus servicios y evaluar costes y acciones inmediatas  a tomar?. Mil gracias

Debería indicarme su lugar de residencia o, por lo menos, la provincia. Nuestro despacho está en Alicante y podríamos atender su asunto si ustedes se encuentran a una distancia razonable.

Hola José Vicente, lamentablemente estamos en Madrid. Una pena, ya que por deferencia en sus respuestas, serían nuestra primera opción. Mil gracias, en cualquier caso. 

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