Durante la percepción por desempleo el trabajador permanece de alta en la Seguridad Social y se efectúa cotización por las contingencias comunes (protección a la familia, jubilación, invalidez permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, maternidad, asistencia sanitaria y farmacéutica).
La base de cotización será el promedio de las bases de cotización del trabajador por estas contingencias en los últimos seis meses de ocupación.
Esto tiene consecuencias importantes en nuestra vida laboral y en el acceso a las prestaciones de la Seguridad Social . Además, a todos los efectos, supone seguir gozando del derecho a la asistencia sanitaria. Por ejemplo, cotizar en estas circunstancias implica que el tiempo durante el cual estás percibiendo una prestación contributiva de desempleo cuenta a la hora de calcular tu prestación de jubilación, por ejemplo.
El subsidio no. Sólo cotizan los que perciben el subsidio especial para mayores de 55 años, con vistas a que se puedan jubilar.