¿Un autónomo puede desgravar/Iva los peajes?

Soy autónomo, y cada día tengo que pasar por peajes para ir a mis diferentes clientes, ¿puedo desgravar? ¿Y ahorrarme el IVA también?

Dispongo de factura mensual por el sistema Vía-T.

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Depende del vehículo que utilices, como normal general podrás decudirte el 50% del IVA.

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La ley sólo considera afectos al 100% a la actividad los vehículos en caso de taxistas, transportistas, mensajeros o similares, pero sí acepta que haya otros profesionales que tengan necesidad de utilizar el vehículo en su actividad profesional, aunque en este caso Hacienda no admite más de un 50% de afectación. En cualquier caso, para que el coche se considere afecto a la actividad debe haberse deducido su compra en amortizaciones durante cuatro años. Sólo así se entiende que se ha adquirido para este fin. En estos casos, todos los gastos asociados al mismo (gasolina, peaje, parking, mantenimiento, ruedas…) son deducibles, tanto desde el punto de vista del IVA como del IRPF. En el primer caso, deduciéndonos el IVA soportado por el vehículo del IVA a devolver de nuestras facturas. En el segundo, imputándolo a gastos. En el caso de que el coche lo tuvieses antes de darte de alta como autónomo, no te podrás deducir los gastos de mantenimiento y reparación, pero sí los asociados con los desplazamientos. En el caso del IVA, necesitarás las facturas completas. En el del IRPF, puede ser suficiente con los tiques.

Si tu coche de trabajo fuese por renting, te deduces íntegras las cuotas. Y lo mismo si alquilas un coche en un desplazamiento por trabajo: puedes deducírtelo.

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