Contrato de alquiler de oficina comercial
En enero de 2014, firmé contrato de arrendamiento de oficina comercial por una año, el cual se prorrogaba por otro año y así sucesivamente, si ninguna de la partes decía lo contrario, y eso es lo que ocurrió que llegado su vencimiento del primer año (2014-2015) se prorrogó por otro año (2015-2016). No se especificaba en ninguna cláusula si alguna de las partes decidiera rescindir el contrato con anterioridad a su vencimiento habría que avisar con antelación, pero yo antes de que llegue el 1 de enero de 2016 quiero rescindirlo ya, porque como un par de veces no he pagado el mes corriente sino que he pagado dos meses vencidos juntos(aunque estoy al día en mis pagos ahora mismo) han llegado a mis oídos comentarios extras del arrendador, y ya la situación no es tan cordial como antes y además el mismo arrendador ha llegado hoy diciéndome verbalmente, que quiere poner allí otra oficina y que sintiéndolo mucho nos insta a que nos vayamos. En principio, hemos quedado amistosamente y de mutuo acuerdo que firmamos una rescisión de contrato el 21 de octubre de 2015, para que el día uno de noviembre yo entregue las llaves y él me entregue los dos meses de fianza que le entregué en su día, pero mi pregunta es ¿por no haber llegado al vencimiento del contrato se puede quedar con los dos meses de fianza? ¿En el documento de rescisión debería añadir una clausula donde diga, que después de entregar las llaves y la fianza no hay nada que reclamar por ningún concepto?