Alquiler por un año de duraccion o 10?
TERCERO.- DURACION.- El plazo de duración del presente contrato se establece por un período de un año con inicio desde el 01/02/2014. Llegado el vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de diez años
CUARTO.- Prórroga.- Llegado el plazo máximo de diez años pactados, sin denuncia del arrendador o arrendatario con un plazo mínimo de treinta (30) días, el contrato se prorrogará por plazos anuales.
Los arrendatarios, con treinta días de antelación a la fecha de finalización de cada prórroga podrán denunciar la terminación del contrato notificando de forma fehaciente y por escrito a la otra parte el desistimiento del mismo.”
¿Esto quiere decir que si no inclumplo el contrato, puedo estar en la vivienda legalmente 10 años?
¿O Solo un año y me puede echar en febrero de 2015?