Duda proceso recaudación sanciones ayuntamiento madrid

Agosto 2013: sanción consumo alcohol en la calle 360/600 euros que decido no pagar, no tengo dinero en cuentas ni bienes embargables de ningún tipo.

Enero 2014: notificación providencia de apremio, notificación mediante anuncio en 05/03/2014

Abril 2014: notificación providencia prelación de bienes (por correo sin certificado)

Agosto 2014: notificación providencia señalamiento de bienes (por correo sin certificado)

Noviembre 2014: notificación investigación patrimonial (por correo sin certificado)

Octubre 2015: notificación providencia embargo otros bienes y derechos (por correo sin certificado)

A la vista de esto, me gustaría saber qué otros pasos faltan para que dar por terminado el procedimiento recaudatorio y pase a ser incobrable. También me gustaría saber cuales son los plazos de prescripción y a partir de qué fechas.

Respuesta
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Las prescripción son complejas y mientras la administración realice acciones para el cobro, paralizan la prescripción. Por lo tanto, mientras le sigan reclamando, no hay prescripción.

Por otro lado, en el momento que usted tenga un trabajo, solicitaran el embargo de nomina o en cualquier momento de las cuentas corrientes de las que sea titular...

Además, recientemente se ha modificado la legislación relacionada con las prescripciones de las deudas... y hay que estudiar su caso concreto.

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