Qué motivos para la cancelación de Multipropiedad existen?

Mis padres compraron hace 23 años una semana en un Hotel de Tenerife (España) mediante multipropiedad.

No solo no han ido nunca, sino que llevan varios años divorciados y sin hablarse, y todos los años hay que pagar cuotas impresionantes sin opción de reventa ni donación viables.

Dispongo de la escritura, y solo menciona extinción de la multipropiedad por destrucción del habitáculo, pero tampoco quiero bombardear el complejo para librarme de la estafa.

¿Alguien conoce algún medio de incumplimiento de contrato por su parte o similar que lleve a la extinción del mismo?

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La respuesta depende de cómo tengan sus padres documentado el asunto. Si tienen una escritura pública, en que aparecen como propietarios de una 52 ava parte indivisa del apartamento, y lo tienen inscrito en el Registro de la Propiedad, el enfoque es totalmente distinto que si adquirieron una participación de un club de vacaciones.

En todo caso, el negocio del timesharing no es la venta del apartamento 52 veces (o no principalmente) sino los gastos brutales de mantenimiento que les imponen. Hay solución, claro está, pero solo se le puede contestar si sube el documento en cuestión como documento adjunto a su pregunta.

¡Gracias por contestar! 

Tan pronto como me sea posible adjuntaré la escritura escaneada.

De momento, puedo aclarar:  se declara "El pleno dominio de la participación indivisa numero cinco, que da derecho a usar y disfrutar de la vivienda sobre la que se tiene participación durante la quinta semana del año".

No comprendo del todo estos datos, pero por si pudieran ser útiles:

·El apartamento figura inscrito en el Registro de la Propiedad de Granadilla de Abona.

·Tiene título de escritura de declaración de obra nueva y división horizontal.

·Hay un pacto a favor de la renuncia por parte del comprador de los derechos de tanteo y retracto que puedan tener su origen en la transmisión de participantes.

·La empresa es afiliada a la organización internacional de intercambios RCI.

No hace falta que suba la escritura. La cuestión es que sus padres adquirieron una cuota indivisa de un apartamento, e inscribieron dicha cuota. Exactamente igual que si usted compra una parcela con dos amigos, y la inscriben a nombre de los tres, en tres cuotas indivisas.

Pero la propiedad no conlleva esos gastos, sino que simultáneamente sus padres firmaron un contrato de modalidad de uso y disfrute de ese apartamento, durante un periodo de tiempo al año. Este contrato lo firmaron con una empresa (la Resort Condominium International) que es la que le pasa esos gastos. Se trata por tanto de un contrato aparte de la propiedad, con la cual está conectada. Todo ello quiere decir que el contrato con el RCI sí puede darse por finiquitado, y en tal sentido puede notificar que a partir de determinada fecha quiere liquidar su relación jurídica con esa compañía. Algo que, naturalmente, ha de hacerle un abogado con los papeles encima de la mesa.

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