En este caso, el empresario además estaría cometiendo además un posible delito de estafa agravado en su pena porque lo hace cuando la estafa se comete abusando de las relaciones personales entre la víctima y el defraudador, o cuando éste se aprovecha de su credibilidad empresarial o profesional. En estos casos, la pena aplicable será la de prisión de 4 a 8 años, y multa de 12 a 24 meses.
Los recibí del metálico, si no te abona el dinero, no los firmes. O indica que están pendiente de abonar y la fecha. Firma pendiente de abono. Si te los paga, inmediatemente ingrésalos en tu banco con concepto "nómina metalico". Porque luego usarás los movimientos bancarios registrados para demostrar que te pagaba en negro.
Al margen, yo pediría tu vida laboral. Porque obviamente la parte que te esta pagando en efectivo, es una parte que no estás cotizando y queda al margen de tu vida laboral. Asi podrás comprobarlo. Cotejar ver cuantas horas cotizas en la vida laboral y cuantas figuran en tu nómina.
De todas formas estas acciones, refuerzan aún más el punto 2 que te puse en la respuesta anterior, demanda por vulneración de derechos fundamentales por acoso y mobbing al trabajador.
Por tanto, recapitulando, puedes ejercer:
1. Demanda reclamación de cantidad por el dinero que no se está abonando. Que probablemente habrá que añadir las cantidades si la categoria y puesto que te han puesto en el contrato no corresponden con la realidad de las tareas que realizas, porque además puedes estar siendo pagado por debajo de convenio según tu puesto real.
2. Demanda por vulneración derechos fundamentales. Acoso y mobbing contra la dignidad del trabajador. Alegando que te deja de pagar estas cantidades por forzarte a solicitar una baja voluntaria desde que solicitastes la reducción de jornada. Probablemente la indemnización por este concepto, conforme a la LISO ley de infracciones del ordenamiento social, será incluso superior a la indemnización que te corresponda por despido (En el momento que te extingan el contrato).
3. En el caso, de que te despidan, añadiríamos demanda por despido nulo, porque además lo hace vulnerando tu tutela judicial efectiva, ya que te despido no por un hecho justificable por ley (despido objetivo o disciplinario) sino por solicitar reducción de jornada. Por lo cual, no sólo te correspondería la indemnización de despido, sino los salarios de tramitación.
4. Denuncia anónima ante la inspección de trabajo, con el objeto de que la inspección sancione por conductas irregulares. (El propio acta de la inspección ) lo podrás usar como prueba en las otras acciones que te he descrito.
5. Al margen claro, de que está cometiendo un posible delito de estafa.
Todos estos argumentos, son de tal peso, que llegado el momento si demandas por lo laboral, antes de llegar a juicio, con toda probabilidad su abogado trate de llegar a un acuerdo contigo, porque las cantidades a reclamar serán muy superiores que a las de una indemnización por un simple despido.
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