Traslado de lugar de trabajo ¿Qué opciones tengo?

Mi jefe nos dijo a mis compañeros y a mi en diciembre 2015 que cambiábamos de lugar de trabajo, a una distancia de unos 90 km aprox. A partir de enero, que había finalizado el contrato de alquiler y había alquilado otra oficina en otra ciudad. La cuestión es que le dijimos que tenía que notificárnoslo por escrito y después de consultarlo con su asesor, nos dijo que así lo haría. Pues bien, nos encontramos con que estamos en la nueva ciudad, sin haber firmado ni un solo documento por traslado. El hecho de habernos mudado y estar trabajando aquí, ¿se considera una aceptación del traslado? Nos gustaría conocer sobre nuestra situación legal.

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Respuesta

Si tienen el traslado por escrito y no están de acuerdo deben impugnarlo haciendo una demanda de conciliación y hasta que no se resuelva si el traslado está motivado o no por necesidades empresariales, ustedes deben seguir trabajando y en el nuevo lugar ya que si lo dejan sin más pueden encontrarse con un despido disciplinario por desobediencia. Por tanto les recomiendo que sigan en su puesto y si no quieren seguir ahí impugnen el traslado o bien pidan la rescisión de su contrato lo que dará lugar a una indemnización de 20 días por año. Otra cosa más tienen 20 días desde que reciben la notificación del traslado por escrito para impugnarlo, si pasados 20 días no dicen nada se considerará que aceptan sin más dicho traslado.

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