¿Puedo coger mis vacaciones y pedir lo que me deben?

Llevo trabajando en una empresa desde Marzo 2015. Ese año no me han dado vacaciones, dijeron que me las pagarían y aun no me han pagado nada.

Ahora me han dicho que no tendremos vacaciones hasta, mínimo, Octubre de este año.

¿Puedo establecer una fecha de vacaciones previo aviso de un mes e irme o no es legal? ¿Y de paso, debo reclamar ese dinero que se me debe de vacaciones del año anterior?

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Las vacaciones no pueden ser compensadas con dinero en ningún caso excepto en los casos de finalización de contrato o despido, sin haber disfrutado de las vacaciones generadas.

En el caso de despido o finalización de contrato deben abonarte las vacaciones, el problema que puedes encontrarte es que se deben de disfrutar dentro del año natural por lo que en principio las del año pasado las pierdes.

En el caso de que dispongas de pruebas, o, argumentos, puedes llegar a luchar por las vacaciones del año pasado.

El periodo de vacaciones, no puedes escogerlo unilateralmente, sino que debes mirar primero lo expuesto en el convenio colectivo y luego consensuarlo con la empresa.

Por lo que respecta al preaviso, debes mirar tu convenio colectivo, una vez más para ver que periodo expone.

Por último a la vista de la complejidad de tu caso, te recomiendo que contactes con nosotros, nos facilites toda la información de la que dispongas para que podamos asesorarte.

Puedes contactar con nosotros a través del formulario de contacto de este link: http://agsgraduados.es/es/servicios/conflictos-laborales/ 

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