Denegación de reincorporación tras excedencia por cuidado de un hijo

Trabajo en una empresa del sector de contact center (con convenio sectorial) con un contrato por obras y servicios. Después de disfrutar de una excedencia concedida por cuidado de un hijo, la empresa me deniega la reincorporación aduciendo falta de vacantes en mi servicio y prometiendo reincorporarme cuando haya una libre.

Mis preguntas son:

1) ¿Tiene la empresa derecho a denegarme la reincorporacion tras una excedencia por cuidado de un hijo? En tal caso ¿tiene la obligación de reincorporarme en cuanto tenga una vacante libre para el servicio en el que estoy contratado?

Suponiendo que la respuesta es afirmativa a las dos preguntas del punto 1):

2) ¿Debo solicitar por escrito que la empresa me reconozca can validez legal el derecho a incorporarme en cuanto necesiten contratar a alguien en mi servicio?

3) Mientras llega el momento en que aparece una vacante. ¿Tengo derecho a cobrar el subsidio de desempleo?

4) Si llegado el momento la empresa contrata a otra persona para mi servicio en vez de a mí, ¿puedo denunciar a la empresa por despido nulo?

1 Respuesta

Respuesta

Estimada consultante,

En respuesta a sus consultas, le indico:

1) Efectivamente la empresa puede señalar que no es posible readmitirla tras excedencia por no tener vacantes, como así le ha indicado. Por tanto, la respuesta es afirmativa y paso a darle respuesta a las siguientes cuestiones

Eso sí, ¿Esa comunicación de inexistencia de vacantes se lo han comunicado de palabra o por escrito?

2) Es necesario que se le envíe a la empresa un burofax "aceptando" esa decisión (si es que la acepta) pero haciendo las advertencias oportunas a la empresa en cuanto a persistencia de la situación de excedencia voluntaria, mantenimiento del vínculo contractual y la no limitación en el tiempo de esa excedencia. (*Ante la complejidad lógica que puede revestirle esta cuestión para usted, es más que recomendable que le encargue este burofax a un abogado laboralista, ya sea nuestro despacho u otro experto en derecho laboral.)

3) Mientras que aparece esa vacante, salvo mejor criterio, usted sigue vinculada a esa empresa, lo cual sería incompatible con el desempleo, ya que el desempleo es una prestación o subsidio que se fundamenta en la inexistencia de empleo, como es lógico.

4) Efectivamente, si su decisión consta en el burofax del que le hablaba antes y la empresa desatiende esta decisión por escrito concediendo la vacante a otro trabajador, hablaríamos de un despido que podría llegar a ser nulo.

Estamos a su disposición por si desea iniciar con nosotros los trámites.

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951 71 50 41

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