Baja por enfermedad común y cobrar menos
He estado dos días de baja por gripe y al cobrar he visto que no me han pagado esos dos días, pero pertenezco al convenio colectivo del sector de establecimientos sanitarios de hospitalización, asistencia sanitaria, consultas y laboratorios de análisis clínicos, suscrito por la Asociación de Centros y Empresas de Hospitalización Privada, CC OO, SATSE y UGT (código 2801575).
En el que pone:
Art. 23. Compensación por enfermedad y accidentes de trabajo.- En los casos de baja por incapacidad temporal, las empresas se comprometen a efectuar a sus expensas el pago de la diferencia económica entre las cantidades que en cada caso percibe el trabajador/a del seguro de enfermedad o accidentes, hasta el total del salario real en los siguientes casos:
1. En caso de incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente no laboral, durante los primeros 30 días, en caso de intervención quirúrgica u hospitalización.
2. En incapacidad temporal por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales durante todo el tiempo que dure la misma.
¿Con esto dicen que debería cobrar esos dos días o no?
No lo tengo muy claro.