Responsabilidad y requisitos para alquilar parte de una oficina en régimen de coworking
Una amiga y yo queríamos compartir una local para nuestras actividades profesionales para reducir gastos. El local tiene varios aparatados y es fácil de repartir. Para poder tener espacios comunes, como recibidor y aseos (y hacer el mínimo de inversión posible) y no tener que duplicar contratos (luz, agua, Internet...) habíamos pensado en el coworking, de forma que una alquilara el local al propietario y pusiera los consumos a su nombre y la otra alquilara su parte.
Me gustaría saber qué responsabilidad tiene la persona que hace el contrato al propietario y subarrenda una parte en cuanto a la actividad de la tercera persona. El problema es que la otra persona va a realizar una actividad diferente a la mía, una actividad de enseñanza, concretamente, de cocina, para adultos y niños, lo que supone una serie de licencias y de permisos, la contratación de un seguro de responsabilidad civil, etc. Supongo que la persona que alquila al propietario pide la licencia de apertura del local, pero ¿qué pasa con la licencia de actividad? ¿Cada uno la suya o el que subarrenda tiene que pedir todas las licencias de actividad? ¿Qué pasa si la otra persona tiene un problema y no tiene en regla su licencia o permisos? ¿Quién se hace cargo de la responsabilidad civil si pasa algo? ¿Es obligatorio solicitar algún tipo de comprobante para hacer el contrato?