Puede bloquear la cancelación registral de hipoteca una compra-venta de hipoteca

Mi suegro va a cambiar de vivienda por lo que está vendiendo su casa para comprar una nueva en otra localidad.
En ambas operaciones ha hecho contrato de arras con fecha de vencimiento similar y en ambos casos la compra-venta se indica que la operación se realiza libre de cargas.
Los compradores de la casa donde vive actualmente han bloqueado la operación por faltar la cancelación registral de la hipoteca, en el banco está finalizada. Los compradores dicen que no firman mientras no se haya realizado. 
Hemos propuesto retener dinero para asegurar que se va a producir e incluso iniciar los trámites con anterioridad a la firma, pero no aceptan de ninguna manera.
Esta situación va hacer que finalicen los plazos y que nos veamos obligados a pagar penalizaciones, al menos a la parte que nos vende su vivienda que no tienen responsabilidad alguna en este asunto.
¿Están en su derecho de hacer este bloqueo?, ¿Existe alguna alternativa?.

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Respuesta

En el caso de que los compradores de la vivienda de tu suegro vayan a comprar la vivienda sacando una hipoteca, no tienen sentido lo que están haciendo, ya que simplemente el día de la firma se presenta un certificado de deuda cero con el banco de tu suegro y la propia gestoría del banco se encarga de la cancelación registral de la hipoteca.

En el caso de que compren con dinero propio y no financien, simplemente hacer vosotros la gestión. Desconozco el plazo del contrato de arras, pero no se tarda mucho. Id al banco donde tu suegro tuvo la hipoteca, solicitar el certificado de deuda cero en dicha hipoteca y seguidamente ir al Registro de la Propiedad donde esté inscrita la vivienda y solicitáis la cancelación registral presentando ese certificado, os cobrarán las tasas de registro y quitarán la anotación, normalmente no suelen pedir escrituras de cancelación de hipoteca y suele valer el certificado de deuda cero, eso sí, que el banco especifique en él claramente los datos de la vivienda, la deuda que se sacó, fecha y notario con quien se firmó, y evidentemente que existe deuda cero (que está cancelada económicamente), con ésto sería suficiente.

Sí te digo que no es un motivo en absoluto para paralizar una venta.

Espero haber contestado a tu pregunta, si necesitas alguna otra aclaración no dudes en preguntar de nuevo. Sí te pido por favor que valores mi respuestas para así poder seguir contestando a otros usuarios.

Muchas gracias, un saludo.

Pedro T.

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