Dudas al cambiar de Contrato privado de arrendamiento de vivienda a Contrato de arrendamiento de habitación en piso compartido.
Hace varios años que firmamos un contrato privado de arrendamiento de vivienda entre mi madre (arrendadora) y mi compañero de piso y yo (arrendatarios). Ahora nos interesa cambiar a un contrato de arrendamiento de una habitación en piso compartido en el que mi madre seguiría siendo la arrendadora y mi compañero de piso el único arrendatario.
Me he descargado algunos modelos de este tipo de contrato, pero tengo algunas dudas a la hora de redactarlo:
- ¿Debe hacerse referencia al anterior contrato al redactar el nuevo? Lo digo sobre todo por el tema del depósito o fianza, que no pensamos incluir en el nuevo. Supongo que incluir un depósito no es una obligación...
- ¿Cuál sería (en caso de que la hubiera) la duración máxima del contrato? Sea cual sea, ¿es prorrogable?
Esas serían básicamente mis dudas.