Teniendo yo una casa en viene de régimen de gananciales

Teniendo yo una casa en régimen de bienes gananciales, teniendo yo ya el divorcio y asignada para mi uso, teniendo dos hijos, ¿puedo poner mi 50% de propiedad de la misma a uno de mis dos hijos?

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Respuesta

Usted puede hacer lo que le parezca con sus propiedades, entre otras ese 50%. Pero muy posiblemente ese bien no ha sido liquidado como bien matrimonial, asignando a cada cónyuge el 50%. Por ello debe preguntar a su abogado si, aparte de conferirle a usted el uso de la vivienda, se liquidó la misma como bien matrimonial. Si no, al Juzgado o a la notaría.

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