Le corto y pego el correspondiente artículo del Código Civil, por ser bastante claro:
Artículo 1354
Los bienes adquiridos mediante precio o contraprestación, en parte ganancial y en parte privativo, corresponderán pro indiviso a la sociedad de gananciales y al cónyuge o cónyuges en proporción al valor de las aportaciones respectivas.
Para aplicarlo de forma ortodoxa, ha de aplicarlo de conformidad con lo siguiente:
1º. El piso está dividido en dos cuotas porcentuales, que se corresponden con el importe pagado por cada uno de los cónyuges. Si usted, por ejemplo, llevaba amortizado el 30% del precio el día que se casó, la fórmula sería: Precio total- la mitad de lo que ha puesto el matrimonio, dividido entre el número de años- lo que ha puesto la esposa. De ahí se deduce que el asunto no consiste en "devolver lo que se ha puesto", sino que con el dinero que se pagó por parte del matrimonio se alcanza una cuota de propiedad, que dividida por dos es la que le corresponde al esposo. Si a día de hoy queda por amortizar el 20% de la hipoteca, al matrimonio le correspondería el 50% (puesto que usted ya tiene el 30%), y por tanto su esposo tendría un 25% de propiedad a día de hoy.
2º. No se obstine en pensar que los valores pueden ser distintos de actuales: ni son los que existían en el momento de la compra, ni son los que se pueden asignar al capital amortizado, ni son los de 2010: TODAS las liquidaciones se hacen sobre el valor a fecha actual. Por tanto, el valor que usted le tiene que dar a su esposo es el que resulta de las operaciones mencionadas, que ha de aplicar sobre el valor del piso a día de hoy. Mucho ojo con esto: los parámetros de liquidación que le he indicado son los correctos; llevo muchos años de peleas denodadas a vida o muerte en este ámbito, y tengo sentencias contundentes.
Por último, a usted no tienen que citarla si todavía no se ha individualizado y asignado su parte dentro de la sociedad. Me ha parecido entender que está usted en este trance de la división, pero que todavía no es usted propietaria del 25% de la sociedad. Si eso es así, no adelante acontecimientos.