¿Prescribe el precinto de una moto?

Hace casi 5 años acudio a mi domicilio la guardia civil y me hizo entrega de un papel que decia ser un precinto para la moto de mi propiedad que se encontraba en mi cochera.. Desde entonces continua en el mismo lugar. La causa del l.precinto es por impago de pensiones. .mi pregunta es la siguiente .. ¿hasta cuándo debo custodiar en mi plaza de garaje la moto? ¿Se puede desprecintar y venderla a un tercero sin incurrir en alzamiento? ¿Puedo sacarla a la calle y dejarla ahi?

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No puede desprecintarla, ni puede usarla ni venderla. Si la vendiera podría incurrir en un ilícito penal de alzamiento de bienes del artículo 257 del Código Penal.

Ahora bien, si puede solicitar la cancelación del embargo y del posterior precinto, habida cuenta que han transcurrido más de 4 años desde su anotación en el Registro de Bienes Muebles y en la Dirección General de Tráfico.

No obstante lo anterior, también es posible, que a instancia del acreedor o de oficio por la autoridad que la decretó, la anotación registral, haya sido prorrogada por otros 4 años más,

La normativa aplicable respecto a la caducidad, es el artículo 86 de la Ley Hipotecaria, el cual trascrito literalmente dice lo que sigue:

<< Las anotaciones preventivas, cualquiera que sea su origen, caducarán a los 4 años de la fecha de la anotación misma, salvo aquellas que tengan señalado en la Ley un plazo más breve. No obstante, a instancia de los interesados o por mandato de las autoridades que las decretaron, podrán prorrogarse por un plazo de cuatro años más, siempre que el mandamiento ordenando la prórroga sea presentado antes de que caduque el asiento. La anotación prorrogada caducará a los cuatro años de la fecha de la anotación misma de prórroga. Podrán practicarse sucesivas ulteriores prórrogas en los mismos términos". >>

En conclusión, entiendo que a su caso, es de aplicación el plazo de caducidad de 4 años del art. 86 de la Ley Hipotecaria.

Cuando se cumpla ese plazo y si el embargo no ha sido prorrogado, debe dirigirse al Registro de Bienes Muebles y solicitar un certificado de caducidad del embargo y en consecuencia del precinto.

El propio registro tendría que solicitar a Tráfico que se elimine la anotación de embargo y precinto del informe de Tráfico.

Posteriormente habría que presentar un escrito al órgano judicial o administrativo que lo ha decretado solicitando que se levante el precinto y el motivo por el que se solicita.

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