Declarar dinero cobrado por sentencia

Voy a cobrar un dinero por sentencia que corresponde a una parte del sueldo que no se me pago durante los últimos 4 años. ¿Qué tengo que hacer en hacienda?

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Para tener derecho a la exención de declarar debe haber una total desvinculación del trabajador con la empresa que lo despide y, además, estarán exentas las indemnizaciones legales establecidas en el Estatuto de los Trabajadores.

Por otro lado, si nos despiden mediante un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) se aplicaría el mismo caso descrito anteriormente.

Sea como sea, el importe máximo de la indemnización que podrá quedar exenta es de 180.000 euros. Lo percibido por encima de esta cantidad tributará como rendimiento del trabajo.

En realidad no me han despedido. Trabajo en sanidad, y este dinero corresponde al pago de trienios que no percibí porque se denegaron. La sentencia establece que se me deben pagar los correspondientes a los últimos 4 años.

Gracias

El cobro de atrasos obliga a realizar una declaración complementaria del año al que se corresponden.

Entonces al ser los últimos 4 años: 2012, 2013, 2014 y 2015 son 4 declaraciones  complementarias?

Lo cobraré a final de este mes. Debo hacerlas ahora? Hay plazo para hacerlas?

Muchas gracias

Exacto 4 complementarias.

El plazo no lo se exactamente tendría que mirarlo, pero cuanto antes regularice mejor.

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