Me quiero casar con una persona española que reside en Alemania y yo soy colombiano.

Quiero saber si nos casamos en Colombia yo como colombiano y la otra persona como española residente en Alemania que trámites debemos hacer para yo poder viajar y sacar la documentación adecuada por el matrimonio?

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El matrimonio celebrado en el extranjero deberá ser inscrito en el Consulado español de su lugar de residencia o directamente en España. Una vez que el matrimonio se encuentre inscrito, usted podrá solicitar el permiso de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea (Tarjeta comunitaria), que le autorizará a vivir y trabajar en España por un plazo de cinco años (prorrogable).

Asimismo, a partir del primer año de residencia en España se encontrará en condiciones de solicitar la adquisición de nacionalidad española por residencia (plazo abreviado por cónyuge de ciudadano español).

Para más información puede consultar los siguientes enlaces:
- Inscripción de matrimonio fuera de España: http://tolentinoabogados.com/index.php/es/matrimonio/inscripcion-matrimonio-fuera-de-espana

- Nacionalidad por residencia: http://tolentinoabogados.com/index.php/es/informacion/131-nacionalidad-por-residencia

Una consulta más pero mi pareja vive es en Alemania y en la documentación piden los medios de vida para residir en España(contrato de trabajo). En este caso presentaria toda la documentación española como acta de nacimiento, pasaporte, etc más el contrato de trabajo otorgado en Alemania? Y contrato de arrendamiento de Alemania? 

Agradezco su atención prestada.

Se trata de dos trámites diferentes:

En primer lugar: inscripción de matrimonio en España, para lo que solamente le será requerido acreditar identidad de los cónyuges y certificado de matrimonio expedido por el Estado donde se haya celebrado.

En segundo lugar: tarjeta comunitaria, para lo que le será requerido que el ciudadano español acredite medios económicos suficientes para sufragar los gastos de residencia. Ello se demuestra con contrato de trabajo, o certificado de alta de trabajador autónomo, o (en defecto de las dos anteriores, es decir si no se encuentra trabajando en España) certificado de cuenta bancaria con un saldo mínimo de 6.000 euros.

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