Dudas sobre juicio y indenmizacion de siniestro sin culpa

Resulta que el 15-12-2015 tuve un accidente(sin culpa) del cual íbamos dos personas y nos ocasionaron daños en vehículo y personales justificados con informes médicos como son esguinces cervicales y omalgia izq en brazo. Nos han dado en total 40 sesiones y han tardado por el tema de las épocas de navidad, reyes, semana santa y otras fiestas... Un total de 108 días para cada uno hasta que nos han dado de alta con secuelas y 4 puntos en total para los dos. Va hacer más de 9 meses del accidente y no nos han llamado ningún medico de la compañía contraria ni ninguno de la propia y el abogado((de mi aseguradora)) dice que no ve viable los días consumidos ni los puntos concedido por un informe pericial hecho por el medico de clínica concertada.. Hace 2 dias se pusieron en contacto conmigo mi abogado diciendome que la compañia contraria no acepta los 108 dias desde el accidente hasta el alta y que se quieren basar nada mas en los dias de rehabilitacion.. Y pregunto ¿es justo que tengamos que ir a juicio a pelear por estos dias desde accidente hasta alta con secuelas y que la compañia contraria nada mas se base en dias de rehabilitacion?.. Me podrian orientar sobre esto ultimo preguntado...

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Siento no estar de acuerdo con la opinión del compañero, hasta julio del año pasado (2015) lo normal era presentar denuncia, con lo cual te citaban al médico forense y éste emitía un informe y si la compañía no estaba de acuerdo con esta valoración se celebraba un juicio de faltas. Actualmente y desde el cambio del código penal que entró en vigor el 1 de julio de 2015, al desaparecer las faltas, ya no se puede presentar denuncia y por tanto el accidentado no es reconocido por el médico forense. Si no está de acuerdo con lo que le ofrece la compañía contraria, la compañía está obligada a entregarle por escrito una Oferta Motivada (la compañía aseguradora tiene 3 meses de plazo para entregarla, contando desde la primera reclamación) y entonces tiene dos opciones, con esa oferta motivada solicitar el reconocimiento del médico forense, o acudir a la vía civil aportando una pericial médica.

Además a partir del 1 de enero de este año ha cambiado también el baremo para la cuantificación de las indemnizaciones.

Si desea más información puede ponerse en contacto con nuestro despacho, en el que estamos especializados en reclamaciones de responsabilidad civil en accidentes de tráfico.

Muchas gracias a todos los colaboradores por ofrecer esta ayuda de información gratuita...

Chema martin.. no te preocupes no me he molestado por nada, siempre se aprende esa es la cuestión.

Aun así señora montserrat diaz, me encuentro en una tesitura en la que desde el 15 de diciembre de 2015 no me llamado nadie de la otra compañía y mi abogado está tratando de ""convencer"" que mi accidente sin culpa lo asuma la contraria a lo que por lo visto se niegan y nada más quieren pagar duias de rehabilitación que encima nos tuvimos que dar de alta con secuelas por llevar a una persona mayor desplazándonos y no poder tener más ganas de ir... desde este punto y según usted entiendo que si mi abogado no acepta la indemnización que le ofrece la compañía contraria entraríamos en el proceso de forense, ¿juicio y demás verdad? Muchas gracias

En primer lugar si tiene Ud. abogado, aunque sea de su propia compañía, es éste quien realiza las gestiones con la compañía contraria, por lo que Ud. no tiene por qué recibir ninguna llamada o comunicación.

Habría que ver en que situación se encuentra su accidente:

1º - Si la compañía contraria ha asumido la culpa del siniestro

2º - Que es lo que ofrecen como indemnización y en base a que criterios.

3º - Si ofrecen una indemnización deben hacerles entrega de una Oferta motivada por escrito, o si no les ofrecen nada también deben hacer entrega de dicha oferta motivada indicando las razones por las que consideran que no deben indemnizar.

Una vez tengan en su poder dicha Oferta de la compañía, deberán valorar si les es económicamente rentable interponer directamente una demanda, deben tener en cuenta que para ello es necesario presentar una pericial médica que hay que pagar, no es suficiente con los informes médicos que les han dado en el centro donde les han realizado la rehabilitación, o si la diferencia no es mucha, solicitar al INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL de su ciudad, ser visitado por un médico forense, quien emitirá un informe.

Para darle mas información necesitaría ver el atestado del accidente, informes médicos, etc...

Señalarle que en el caso de los ocupantes tienen derecho a cobrar ya sea de la compañía contraria o de la propia, por lo que es indiferente quien tenga la culpa del accidente. Asimismo en su póliza de seguros tiene Ud cubierta la defensa jurídica para abogados externos, por lo que si no está Ud. satisfecho con las gestiones realizadas por el abogado de su compañía, puede contratar un abogado externo, cuyos honorarios serán cubiertos, total o parcialmente, por su seguro de defensa jurídica.

Buenas tardes.

Señalarle que la compañía contraria se hizo cargo de los daños materiales pero quiere nada más pagar los días de rehabilitación.

En el atestado consta que se dio un frenazo fuerte para no causar más fuerte el golpe y consta atestado de policía además del medico.

En lo que respecta a temas médicos decirle que eramos dos personas en la parte delantera y nos diagnosticaron omalgia y contractura paravertebral cervical... y incluso en clínica donde nos veía traumatólogo al final de darnos de alta con secuelas se atrevió a darnos dos puntos por personas para entregárselo a la compañía contraria ya que según el era también perito judicial y eso era lo que valoraba... eso es lo que le puedo decir... ya que hasta ahora no se ha producido más nada .. y una dudahe tenido el accidente en año 2015..¿no se respeta este año o ya pasa el nuevo sistema del año 2016?... muchas gracias

Sin ver la documentación no puedo darle más información. Este foro es para dar respuestas generales, si desea una información más personalizada puede ponerse en contacto con mi despacho.

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A ver si o si es un tema judicial y aunque se llegara a un acuerdo habría que ir al juzgado a refrendarlo y cerrar el tema. Los días sera lo que decida el forense que os tendrá que reconocer.

Buenas tardes.. me sorprende ya que mi abogado no me ha mentado nada de forense y a nosotros no nos ha visto nadie en 108 días de la compañía contraria, ni de la mía ni forense.. nada más de clínica concertada de seguros...según mi abogado la compañía contraria se quiere basar nada más en rehabilitación y el abogado quiere pelear los días más la rehabilitación más los puntos con secuelas..¿me podrían poner al corriente visto ya desde el punto en el que me encuentro como seria lo correcto a seguir, y si debo pegarle un tironcillo de orejas cariñoso a mi abogado para que me informe mejor de la estrategia a seguir? Muchas gracias

En primer lugar podrías preguntar al abogado porque tú tema no sale judicial.

Normalmente dentro de los 6 meses como máximo del accidente te citan y debes comparecer y reclamar 'daños y perjuicios' esto es lo habitual. Los centros de atención en caso de accidentes de tráfico con lesiones dan parte a la autoridad y estos al juzgado. Tu caso no se pero me parece extraño que no exista nada de lo que te cuento. Mira pues de preguntar a ver.

¡Gracias! 

Buenas tardes señor chema Martin....mire usted,resulta que desde diciembre del año 2015 .....hoy día 25 de enero de 2017 me contesta el bufete de abogados de mi compañía diciéndome que me pase a recoger una cantidad mi imagen que es la que ofrece la compañía contraria ....pero ojo que tenemos un juicio pendiente por lo que mi compañía pide realmente...y pregunto..¿pueden ir las dos cosas paralelamente?....el dinero que dejan en los juzgados y pendientes de juicio?..muchas gracias.

Si si claro. Se suele depositar una cantidad parecida a la que consideran indemnizar y así no les corren intereses. En cualquier caso le deberían indicar que cantidad y si esta es a cuenta de la indemnizacion, si Vd. ve que no se ajusta no firme. El juicio sale sí o si excepto que firme la indemnización, entonces las compañía ya se ocupa de enviar la resolución al juzgado para su cierre. Es lo que te puedo decir y espero que sirva para que te abonen una justa indemnización. Suerte!

¡Gracias! ...le daré mi resultado cuando lo tenga..un saludo 

Gracias!

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