¿Se puede desgravar cámara de fotos estando de alta como Informático?

Soy autónomo y estoy de alta en el epígrafe 845 de explotación electrónica por terceros, y entre otras tareas, me dedico al desarrollo de aplicaciones online, paginas web, servicios técnicos, etc.
Me he comprado una cámara semiprofesional canon 750D, y quería presentarla como gasto deducible, ya que a pesar de ser de dificil demostración que el 100% de uso es para el desarrollo de la actividad (al igual que por ejemplo el uso del coche particular), la necesito para realizar fotografias de calidad de personas, paisajes, objetos, etc.
Mi pregunta es: puedo presentarla como gasto deducible en maquinaria, o me expongo a una multa en caso de una inspección. En el ultimo caso, ¿cuál sería la posible sancion?

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Entiendo que puede desgravarla perfectamente, más que maquinaria yo creo que seria 217. Equipos para procesos de información.

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