Cuando se consedera pagos y/o donación?
Si una madre necesita 10000€ para una obra urgente, por ejemplo, y aunque cuenta con ellos, no puede usarlos por al tenerlo en plazo fijo.
Si un hijo se los presta y cuando su madre lo devuelva, mis preguntas son, ¿si la madre tendria que comunicarlo a Hacienda? ¿Y cómo hacerlo? O podrían considerarlo donación, ¿y tener que pagar por ello?
Respuesta de Pedro abogado
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Respuesta de Maria Gutiérrez
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